• Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE DAMIAN IRANZO CEREZO
  • Nº Recurso: 1594/2021
  • Fecha: 29/11/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se cuestiona en el proceso una resolución por la que se acuerda el cese en el puesto de trabajo de Jefe de Sección Operativa de la Unidad de Asuntos Internos, dependiente de la Dirección Adjunta Operativa. Resolución adoptada por el órgano que ostenta la competencia para ello, esto es, el Director General de la Policía: no obsta que la propuesta provenga del Secretario General. Motivación:tanto el acto de nombramiento -o de cese- en puestos de libre designación debe ajustarse a exigencias formales obvias como, por ejemplo, que lo acuerde el órgano competente o la adecuada formación, en su caso, de la voluntad si es un órgano colegiado y a tales exigencias formales cabe añadir la motivación si bien con la debida modulación. Añade que la razón o razones del cese no serán enjuiciables en lo que tiene de libre apreciación; ahora bien, es exigible que se explicite evitándose expresiones opacas, estandarizadas, que puedan encubrir una intención patológica por falsa, caprichosa o ajena a los requerimientos del puesto o a las exigencias de idoneidad profesional que llevaron a la elección. Esta exigencia de motivación se cualifica cuando se trata del cese de quien ejerce funciones de representación sindical. Motivación existente. Desviación de poder: requisitos para poder apreciar la exigencia de la misma: inexistencia de los mismos: no represalia que se alega. Desestimación del recurso contencioso-administrativo.
  • Tipo Órgano: Sección De Apelación Penal. TSJ Sala De Lo Civil Y Penal
  • Municipio: Granada
  • Ponente: JULIO MANUEL RUIZ-RICO RUIZ-MORON
  • Nº Recurso: 363/2022
  • Fecha: 29/11/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Sevilla
  • Ponente: MARIA AMELIA LERDO DE TEJADA PAGONABARRAGA
  • Nº Recurso: 1527/2021
  • Fecha: 29/11/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Sevilla
  • Ponente: MARIA DEL CARMEN LUCENDO GONZALEZ
  • Nº Recurso: 2178/2023
  • Fecha: 29/11/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JUAN MOLINS GARCIA-ATANCE
  • Nº Recurso: 3269/2022
  • Fecha: 29/11/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La cuestión que se suscita en la sentencia anotada consiste en dilucidar si una empresa que, en virtud de una adjudicación realizada en un proceso concursal, adquiere una unidad productiva de una empresa concursada, responde solidariamente de las deudas de la concursada a favor de trabajadores que habían cesado antes de la adjudicación, resultando de aplicación el RDL 1/2020, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal. La Sala de suplicación condenó solidariamente a la empleadora y a la adjudicataria de la unidad productiva aun cuando la relación laboral ya estuviera extinguida en el momento de la adquisición. Dicho parecer es compartido por el TS que, en una elaborada resolución, declara que la LC de 2020 incurrió en ultra vires, lo que determina la inaplicación del art. 224 de la LC por exceso en la delegación legislativa, y, en consecuencia, aplica la doctrina jurisprudencial que interpretaba la LC de 2003 en el sentido de que la empresa que había adquirido la unidad productiva se subroga en las obligaciones laborales de la concursada respecto a los trabajadores que prestaban servicios en esa unidad productiva y respondía de las deudas salariales de los trabajadores cuyos contratos se habían extinguido antes de la adjudicación. El supuesto litigioso es anterior a la entrada en vigor de la LO 7/2022, de 27 de julio y de la L 16/2022, de 5 de septiembre, de reforma del texto refundido de la Ley Concursal, las cuales no son aplicables a este pleito.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Valencia
  • Ponente: RAFAEL PEREZ NIETO
  • Nº Recurso: 1348/2022
  • Fecha: 29/11/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El importe relativo al precio público exigido por las prestaciones sanitarias facilitadas directamente a personas aseguradas, exigibles a terceros obligados al pago según lo dispuesto en el art. 83 de la Ley 14/1986, de 25 de abril General de Sanidad y el Anexo IX del RD 1030/2006, debe limitarse en los seguros de accidentes a las cantidades contratadas en la póliza, prevaleciendo el contenido de las estipulaciones entre aseguradora y asegurado, así como las normas legales de cobertura de las mismas'".
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Oviedo
  • Ponente: FRANCISCO TUERO ALLER
  • Nº Recurso: 502/2023
  • Fecha: 29/11/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La sentencia analizada resuelve recurso de apelación interpuesto contra la dictada en primera instancia, que estimó la demanda presentada por el demandante (arrendatario) para solicitar la devolución de la fianza prestada y retenida por el demandado (arrendador): finalizado el contrato de arrendamiento el arrendatario solicita el reintegro de la fianza y el arrendador se opone porque se destinó a reparación de daños y pago de tres mensualidades de renta. El recurso de apelación se centra, únicamente, en la retención de las sumas que se aplicaron al pago de las rentas. El tribunal de apelación desestimó el recurso y confirmó la sentencia recurrida. El tribunal confirma el criterio establecido en la sentencia recurrida: no se puede deducir del importe de la fianza las rentas supuestamente adeudadas porque existió un pacto por el que el arrendador, en el periodo de la pandemia Covid, permitió al arrendatario permanecer varios meses sin pago de renta. El tribunal considera que el letrado que actuó por el arrendador actuó como mandatario, con mandato aparente, vinculando al arrendador (mandante), y que no hubo engaño ni error en el consentimiento prestado, que, en todo caso, debería haberse hecho valer con reconvención solicitando la anulación del pacto.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Ourense
  • Ponente: MARIA JOSE GONZALEZ MOVILLA
  • Nº Recurso: 988/2022
  • Fecha: 29/11/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACION
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RAFAEL ANTONIO LOPEZ PARADA
  • Nº Recurso: 745/2023
  • Fecha: 29/11/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JUAN MOLINS GARCIA-ATANCE
  • Nº Recurso: 3270/2021
  • Fecha: 29/11/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Monitores de educación especial en centros docentes de la Junta de Andalucía. Inexistencia de cesión ilegal. Es un fenómeno de lícita descentralización productiva mediante contrata con Fundación SAMU. Aunque la dirección del centro coordina con el equipo de orientación las instrucciones al trabajador, no ejerce funciones disciplinarias, ni asume plan de formación ni abono remuneración ni autoriza permisos. La Fundación SAMU es una empresa real y ejerce una actividad directiva y organizativa real. Reitera doctrina de SSTS 33, 59 y 115 de 2022, sintetizada por la STS 195/2023, de 15 de marzo, rcud 3390/2020.

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